Presentación de servicios e información de nuestra empresa y actividad para el conocimiento de nuestros clientes.

GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., es una empresa dedicada a la asesoría y corretaje de seguros, con el objetivo de prestar un servicio integral al cliente mediante la atención especializada, basada en principios éticos y de honestidad para generar una relación a largo plazo con nuestros clientes. Estamos respaldados por un programa de administración de riesgo que garantica su estabilidad financiera, protegiendo eficientemente su patrimonio corporativo y/o personal, siempre ofreciendo soluciones específicas acorde a las circunstancias y problemas que plantea la realidad particular de cada asegurado, analizando y priorizando los riesgos a los que se encuentra expuesta. 

Nos respaldan nuestros valores institucionales como la Calidad en el Servicio, Innovación, Lealtad, Respeto y Responsabilidad para generar con cada uno de nuestros clientes un vínculo que perdure en el tiempo, buscando distinguirnos por la calidad en el servicio porque sabemos y estamos totalmente conscientes que el cliente es real, es una persona con necesidades y deseos, donde nuestros ejecutivos siempre lo atenderán de manera respetuosa, positiva y empática para poder crear una atmosfera de confianza fortaleciendo la relación.

Contamos con distintas áreas que se han desarrollado para atender necesidades específicas de nuestros clientes para poder medir y cuantificar el riesgo y poder otorgar una solución que corresponda a las necesidades y características de cada uno de nuestros clientes.

Agente de Seguros y de Fianzas.

Con fundamento en el artículo 93 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, para el ejercicio de la actividad de agente de seguros y/o de agente de fianzas, se requiere autorización de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. En el caso de Agentes Persona Moral dicha autorización tiene una vigencia indefinida y nosotros GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., contamos con dicha autorización para operar y funcionar.

¿Qué es un agente de seguros?

Los agentes de seguros son personas morales o físicas que prestan servicios especializados en materia de seguros y fianzas al realizar labores de intermediación, análisis y estudios actuariales que permitan ofrecer y vender distintas pólizas de seguros a diferentes personas y corporaciones con objeto de garantizar su protección ante diferentes situaciones de riesgo futuras.

Funciones principales

Los agentes de seguros representan una entidad independiente de las compañías aseguradoras y su principal función es figurar como un mediador entre el cliente y las compañías de seguros y de fianzas, aunque también desempeña las siguientes funciones:

  • Conocer a detalle y ofrecer toda gama de productos, servicios y pólizas que las diversas compañías aseguradoras ofrecen, así como explicar sus alcances.
  • Buscar y asesorar clientes, evaluando sus necesidades para ofrecer el producto o servicio que mejor se adapte a sus requerimientos.
  • Analizar el mercado para promover productos y servicios que reunan las condiciones económicas vigentes.

Además de las anteriores funciones, como Agente de Seguros desarrollamos las siguientes tareas:

  • Vender diferentes tipos de pólizas que se encuentren vigentes en el mercado asegurador del país y a nivel internacional.
  • Promocionar los distintos productos y servicios tanto a clientes nuevos, como a losya existentes.
  • Determinar la póliza que mejor se adapte a las necesidades del cliente.
  • Explicar el contenido y alacances de la póliza a sus clientes.
  • Tramitar la documentación necesaria para concretar la venta de la póliza de seguros.
  • Entrevistarse con los clientes potenciales para evaluar su nivel de riesgo al momento de contratar y vender los productos que requieran.
  • Apoyo en la investigación del historial de cada cliente en caso de ser necesario.
  • Determinar cuál es la póliza o servicio que mejor se adapta a sus necesidades.
  • Acompañar al cliente/prospecto en caso de que la aseguradora solicite inspección de la propiedad del cliente al realizar la venta de una póliza para un vehículo o de un inmueble en caso de ser necesario.
  • Determinar el estado de la propiedad y del vehículo.
  • Verificar si hay indicios de un daño previo.
  • Evaluar los riesgos potenciales, tales como el conductor habitual, kilometraje y color del vehículo en caso de ser necesario.
  • Determinar cuál es la póliza que mejor se adapta a las condiciones de la propiedad.
  • Garantizar que los requerimientos de la póliza sean debidamente cumplidos.
  • Revisar el historial médico del cliente en el caso de pólizas de seguro de vida.
  • Verificar las inspecciones realizadas a inmuebles y vehículos.
  • Verificar que se haya cumplido con toda la documentación requerida, de conformidad con la legislación aplicable.
  • Evaluar los aspectos pertinentes a las coberturas de las pólizas.
  • Elaborar los términos y condiciones de las pólizas de seguro.
  • Calcular las cuotas y métodos de pago.
    • Procesar las transacciones de pago.
    • Lidiar con los reclamos relacionados con los seguros:
    • Recopilar la información acerca de la cobertura de la póliza y sobre el cliente.
    • Explicar los términos de la cobertura al cliente.
    • Monitorear los reclamos para gestionar que los pagos se estén realizando de manera oportuna.
    • Realizar tareas administrativas:
    • Llevar el registro de los clientes y de las transacciones realizadas.
    • Contactar a los clientes de presentarse algún inconveniente con el pago.
    • Procesar la renovación de la póliza.
    • Asesoría y acompañamiento para el asegurado en caso de siniestro.
    • Revisiones, análisis y asesoría de siniestralidades.

Principios Éticos.

Los principios éticos y de conducta que se describen son practicados conscientemente por el personal de GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V.

Los valores y los principios corporativos constituyen el actuar de nuestra organización, se identifican con nuestra cultura organizacional y se reflejan en todas las actividades de nuestra empresa.

  • Responsabilidad: las personas naturalmente vinculadas y los intermediarios vinculados con la compañía son éticamente responsables de sus actos personales y profesionales, en este sentido tiene la capacidad moral de asumir la responsabilidad por sus acciones, puesto que sólo de esta manera se demuestra la capacidad que tienen de asumir las responsabilidades propias del rol que desempeñan y demostrar sus habilidades en la solución de situaciones en las cuales se cometan errores, toda vez que esperamos que se cumplan todos los compromisos y obligaciones empresariales con eficacia, eficiencia y constancia.
  • Integridad: GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., respeta el actuar de todo individuo siempre que estas conductas garanticen los derechos de los demás y busquen el cumplimiento de sus deberes dentro de altos estándares éticos, toda vez que debemos revisar lo más profundo de la conciencia para desplegar actuaciones dentro de la organización con criterio y así obrar con rectitud y franqueza en el desarrollo de nuestros propósitos empresariales.

La clave de la integridad empresarial está no sólo en hacer las cosas bien, sino en hacer las cosas de la manera correcta, por ello, es indispensable apoyarse en una comunicación efectiva, respetuosa y asertiva dentro de la organización, que nos permita cada día actuar

eligiendo el bien por encima de beneficios personales pues de esta manera GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., cuida el resultado final y maximiza la forma en que logra sus objetivos.

  • Justicia: Nuestra empresa es rigurosa en el cumplimiento de las normas legales y el respeto por los derechos de sus clientes e intermediarios, por ende, las actuaciones que se despliegan por todos los integrantes de GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., buscan y tienen por objeto dar a cada quien lo que se merece para mantener el equilibrio entre la dignidad y la igualdad en las relaciones que se construyen al interior de la empresa.
  • Verdad: Para la nuestra empresa hablar con la verdad es el pilar fundamental para construir una reputación en donde se evidencie coherencia en el actuar, y claridad entre lo que decimos y hacemos. La verdad se refleja en las comunicaciones, iniciativas y acciones toda vez que de esta manera se logra la satisfacción de las necesidades del cliente y atención oportuna a los compromisos y obligaciones adquiridos.
  • Respeto a las personas y los derechos humanos: Respetar la individualidad de quienes forman parte de GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., y de sus clientes, permite que la empresa se caracterice como el lugar ideal para lograr el libre desarrollo de la personalidad, al ser una organización incluyente que acepta las diferencias de cada individuo respecto a su género, creencias políticas o religiosas, expectativas y opiniones, con miras a lograr el máximo respeto a los derechos humanos.
  • Honestidad: Es el valor que guía y rige las acciones de GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., en armonía con la visión y misión a fin de cumplir con las obligaciones de buen manejo de los recursos, debida diligencia, construcción de relaciones duraderas y transparentes con colaboradores, asociados, inversionistas, proveedores y clientes.

Nuestros principios ético profesionales se rigen invariablemente bajo los siguientes lineamientos:

  1. Respeto por la ley
  2. Conflicto de intereses
  3. Prevenir y evitar el soborno y la corrupción
  4. Manejo de información
  5. Protección y uso de activos
  6. Trato a colaboradores(as), clientes, proveedores(as), competidores(as), autoridades y público en general.
  7. Compromiso con la sociedad y medio ambiente
  8. Equidad de género, igualdad y no discriminación.
  9. Desarrollo profesional equitativo
  10. Seguridad y salud en el trabajo.
  11. Protección de datos personales.

Respeto por la Ley.

Todo el personal adscrito a GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., debe ceñirse al cumplimiento de las Leyes y Reglamentos de en materia de Seguros y Fianzas y por ninguna razón, motivo o circunstancia podrán:

  1. Aceptar acuerdos que violen la ley o que puedan ser utilizados para tal fin.
  2. Ofrecer Compensaciones y ejercer influencia indebida en clientes, proveedores(as), autoridades, otros(as) colaboradores(as) o cualquier otra persona. Esto significa que no podrán aceptar ni ofrecer dinero ni cualquier beneficio económico o de otra naturaleza, de manera directa o indirecta ni a través de otros, para la obtención de un negocio.
  • Planear o participar en la realización de negocios que infrinjan disposiciones legales.
  1. Falsear hechos, información o documento alguno y deberá participar responsablemente en apoyo a cualquier investigación Interna.
  2. Realizar acción alguna, premeditada, planeada o ex profeso, con el fin de evadir cualquier política general o específica, aun cuando tal acción no represente daño patrimonial.
  3. Tomar decisiones cuya acción pudiera poner en riesgo la libertad e integridad de otras/otros colaboradores, clientes y proveedores.
  • Así mismo, deberán conocer y cumplir con las obligaciones contempladas en las disposiciones externas e internas en materia de prevención de lavado de dinero.
  • Adoptar el compromiso de estar siempre prevenidos contra personas que busquen utilizar los servicios con el fin de ocultar el origen de recursos obtenidos de manera ilícita y aparentar que fueron obtenidos en forma legítima.
  1. Cumplir y vigilar que se cumpla en todo momento la legislación que regula tanto sus actividades específicas como las GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V.

Manejo de la información.

  1. Los asesores de seguros son responsables de salvaguardar y abstenerse de divulgar (incluyendo a colegas, familiares y amigos) toda información financiera, estratégica, estadística, operativa, técnica, de negocios, de planes de adquisición o expansión, de nuevos productos, campañas de mercadotecnia, datos personales de colaboradores(as), clientes, proveedores(as) y terceros o de cualquier otra índole que no sea del conocimiento del público en general y en especial la que sea considerada de uso estrictamente confidencial.
  2. Bajo ninguna circunstancia los asesores de seguros tomarán ventaja de la información sobre sus clientes u otros colaboradores(as).
  3. Los asesores de seguros cumplirán con las reglamentaciones relativas a información privilegiada y de privacidad que resulten aplicables.
  4. Cualquier declaración a través de medios de comunicación, solamente será permitida a las personas autorizadas para estos efectos.
  5. Se consideran violaciones flagrantes del manejo de información los siguientes casos:
  6. Falsear las operaciones o distorsionar la información para obtener un beneficio personal o en favor de un tercero(a).
  7. No reportar al funcionario de la Compañía cualquier sospecha fundada o la presentación de documentos o información que se presuma falsa por parte de clientes o proveedores(as) y/o colaboradores(as).
  8. Impedir el acceso o entorpecer las labores de inspección y vigilancia de la información dentro de las áreas que se determine evaluar su legalidad, integridad, veracidad y confianza.
  9. Difundir cualquier tipo de propaganda política, religiosa o de cualquier otra índole dentro de las instalaciones o inmediaciones de la empresa.
  10. Bloquear la actividad de los demás colaboradores y/o asesores de seguros, ocultando información, medios o instrumentos para su realización.

Obligaciones hacia los clientes.

  1. Actuar de forma profesional y moral al buscar la mejor opción para los clientes considerando sus necesidades y situación patrimonial.
  2. Mantener una actitud positiva de servicio para brindar explicaciones suficientemente detalladas para que los clientes seleccionen el mejor producto y para asesorarlos en casos de siniestros.
  3. Abstenerse de coaccionar a los clientes para forzar la venta de productos de seguros.
  4. Mantenerse permanentemente actualizados en la oferta de productos de seguros y apegarse a los elementos técnicos y contractuales que se encuentran registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
  5. Mantenerse permanentemente actualizados en las leyes aplicables al mercado de seguros.
  6. Proporcionar información verídica sobre los productos de seguros que serán contratados por los clientes y explicar sus alcances, condiciones y requerimientos específicos.
  7. Abstenerse de divulgar información de los clientes.
  8. No aceptar sobornos para mentir o presentar información apócrifa a las compañías de seguros y a los clientes.
  9. Informar sobre situaciones que puedan tratarse de lavado de dinero.
  10. Llevar a cabo su trabajo con apego a las políticas y procedimientos que se establezcan como normativa interna GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V.
  11. Informar a los clientes sobre los derechos básicos de los contratantes antes y durante la contratación del seguro y cuando ocurra un siniestro.
  12. Entregar al contratante por escrito toda la información que le permita conocer el alcance real de la cobertura que está contratando, la forma de conservarla y la forma de dar por terminado el contrato.

Obligaciones Agentes de seguros.

Los agentes y apoderados de seguros, en el ejercicio de las actividades de intermediación, deberán apegarse a las tarifas, pólizas, endosos, planes de seguro y demás circunstancias técnicas utilizadas por las Aseguradoras en sus contratos y pólizas de seguros.

Los agentes y apoderados de seguros y fianzas, proporcionarán a las Aseguradoras la información auténtica que sea de su conocimiento, relativa al riesgo cuya cobertura se proponga, a fin de que las mismas puedan formar un juicio sobre sus características y fijar conforme a las normas respectivas, las condiciones y primas adecuadas.

Los agentes y apoderados de seguros y fianzas deberán informar a quien pretenda contratar una fianza, en escrito firmado por ellos, por lo menos de la siguiente información:

  1. Su nombre completo, tipo de autorización, número y vigencia de su cédula, así como el domicilio donde realiza sus actividades y, en el caso de los apoderados de fianzas, la denominación de la persona moral que represente;
  2. Que carece de facultades de representación de la Afianzadora, para aceptar obligaciones y suscribir o modificar pólizas, salvo que se trate de agente mandatario;
  • El costo aproximado de la prima y que la fianza se puede extinguir cuando se extinga la obligación principal garantizada o por causas aplicables a la fianza; así como que deberá pagar primas anuales durante el tiempo de vigencia de la fianza;
  1. Que la información y documentación que proporcione en el contrato solicitud o en la solicitud de contrato sea verdadera y auténtica, y que tanto el contrato solicitud como la solicitud de contrato, están sujetos a la aceptación por parte de la Afianzadora;
  2. Que presentará el contrato solicitud o la solicitud de contrato ante la Afianzadora dentro de un plazo no mayor de tres días hábiles contado a partir de que le sea devuelto, debidamente llenado y firmado por el proponente;
  3. Que le mantendrá informado sobre el trámite que siga su solicitud dentro de la Afianzadora, si la póliza no es expedida dentro de los diez días hábiles siguientes al ingreso del contrato solicitud o de la solicitud de contrato;
  • Que, en caso de aceptación por parte de la Afianzadora, entregará al proponente el documento donde conste dicha aceptación y que en caso de no aceptación por la Afianzadora, el agente o apoderado de fianzas se lo informará por escrito, a más tardar, el día hábil siguiente a aquél en que el agente o apoderado de fianzas tenga ese conocimiento, y;
  • Que los agentes o apoderados de fianzas sólo podrán cobrar primas contra recibos oficiales expedidos por las Afianzadoras.

Los agentes de seguros y fianzas en el ejercicio de las actividades de intermediación, deberán apegarse a las tarifas, pólizas, endosos, y demás circunstancias técnicas utilizadas por las Afianzadoras en los contratos de fianzas.

Los agentes de seguros y fianzas, proporcionarán a las Afianzadoras la información auténtica que sea de su conocimiento, relativa a la obligación que se garantiza, a la situación económica y financiera del fiado y del obligado solidario; así como de las garantías de recuperación que se ofrezcan, con objeto de que las Afianzadoras se puedan formar un juicio sobre las características de la obligación a afianzar y del fiado y, en su caso, del obligado solidario, a fin de fijar conforme a las normas respectivas, las condiciones y primas adecuadas.

Los agentes de seguros sólo podrán cobrar primas contra la entrega del recibo oficial expedido por las Instituciones. Las primas así cobradas se entenderán recibidas directamente por las Instituciones.

Los agentes de seguros están obligados a ingresar a las Instituciones, en un plazo que no podrá exceder de diez días hábiles contado a partir del día siguiente al de su recepción, los cheques y el numerario que hayan recibido por cualquier concepto correspondiente a las pólizas contratadas con su intermediación, así como cualquier documento o recuperación que les hubieren entregado con relación a dichas pólizas.

En los casos en que los contratantes de seguros o los asegurados, beneficiarios o terceros interesados, omitan pagar, dentro del plazo que establece el artículo 40 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, las primas y demás prestaciones que hubieren asumido, los agentes de seguros están obligados a devolver a las Aseguradoras los recibos, pólizas y, en general todos los documentos que obren en su poder correspondientes a los seguros contratados con su intermediación, a más tardar el tercer día hábil siguiente al que hubiere vencido el referido término.

Los cheques que reciban los agentes de seguros por dichos conceptos, deberán ser nominativos y a favor de las Instituciones que asuman el riesgo o la responsabilidad, salvo que las Instituciones autoricen a los agentes a recibir los cheques a su propio nombre. Esta autorización deberá constar expresamente y por escrito en un contrato de mandato que para ese fin expreso otorguen las Instituciones a los agentes.

Sobre la Protección de datos personales.

Los datos personales son toda aquella información que se relaciona con nuestra persona y que nos identifica o nos hace identificables. Aquellos que nos dan identidad, nos describen y precisan, tales como: Edad, Domicilio, Número telefónico, Correo electrónico personal, Trayectoria académica, laboral o profesional, Patrimonio, Número de seguridad social, CURP, entre otros.

También describen aspectos más sensibles o delicados, como es el caso de: Forma de pensar, Estado de salud, Origen étnico y racial, Características físicas (ADN, huella digital), Ideología y opiniones políticas, Creencias o convicciones religiosas o filosóficas, Preferencias sexuales, entre otros.

El concepto de datos personales abarca la información en cualquier modo, sea alfabética, numérica, gráfica, fotográfica o sonora, por citar algunas, y puede estar contenida en cualquier soporte como en papel, en la memoria de un equipo informático, en una cinta de video o en un DVD.

Los datos personales siempre son de su titular, pero a veces es necesario el proporcionarlos a otros para hacer un trámite, comprar un producto o contratar un servicio. De manera común, tanto particulares (médicos, bancos, hoteles, empresas de telefonía móvil, aseguradoras, etc.) como Sujetos Obligados (oficinas de tránsito, catastro, escuelas y hospitales públicos, tribunales, procuradurías, entre otros) recaban nuestros datos y por esa razón GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., recaba y protege los mismos en términos de la legislación de la materia.

La protección de datos se refiere a los derechos de las personas cuyos datos se recogen, se mantienen y se procesan, de saber qué datos están siendo retenidos y usados y de corregir las inexactitudes.

De acuerdo con la Ley, los principales actores en el tratamiento de los datos personales son el “responsable” y el “encargado”:

  • Responsable: es la persona del sector privado que toma las decisiones sobre el tratamiento de datos personales.
  • Encargado: es la persona ajena al responsable, que trata los datos personales por cuenta del responsable y de acuerdo con sus instrucciones.

Para aplicar la ley que protege a los datos de nuestros clientes, son establecidos algunos principios de la Ley de Protección de Datos, estos son:

  1. Licitud: deberá cumplirse la Ley de Protección de Datos, su Reglamento y cualquier otra regulación aplicable al tratar los datos;
  2. Consentimiento: siempre que sea necesario deberá obtenerse el consentimiento de los titulares para el tratamiento de sus datos personales;
  • Información: debe ser de conocimiento del titular la información relacionada con el tratamiento de sus datos;
  1. Calidad: todos los datos personales recolectados deben ser exactos, completos, pertinentes, correctos y actualizados de acuerdo con sus finalidades;
  2. Finalidad: el tratamiento de datos debe cumplir las finalidades establecidas en el aviso de privacidad presentado al usuario;
  3. Lealtad: proteger los intereses del titular y la expectativa razonable de privacidad al tratar los datos personales;
  • Proporcionalidad: sólo los datos personales necesarios, adecuados y relevantes en relación con las finalidades podrán ser tratados;
  • Responsabilidad: la empresa debe responder por el tratamiento de los datos personales recolectados.

Como parte de las obligaciones y responsabilidades en materia de protección de datos, que brindamos a nuestros clientes, GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., hace del conocimiento de sus clientes tanto la información relativa al tratamiento de sus datos, como del otorgamiento del consentimiento de sus titulares. Y para tales efectos emprendemos las siguientes acciones:

  1. Ofrecer en forma permanente nuestro Aviso de privacidad que se encuentra a disposición de usuarios y clientes en nuestro sitio de internet.

A través del aviso de privacidad, se resuelve una de las obligaciones impuestas por la Ley de Protección de Datos, que es informar a los usuarios la existencia y las características principales del tratamiento a que serán sometidos sus datos personales. El aviso de privacidad deberá informar:

  • La identidad del responsable;
  • Qué datos se recolectan;
  • Cuáles son las finalidades del tratamiento;
  • Los derechos de los que goza el titular;
  • Si se comparten sus datos con otras entidades.
  1. Obtener el consentimiento del titular.

Todo tratamiento de datos personales está sujeto al consentimiento tácito o expreso del titular de los datos, salvo las excepciones establecidas por la Ley de Protección de Datos.

Según la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, el consentimiento será expreso cuando la voluntad se manifieste verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos. Ya el consentimiento tácito es cuando el titular consiente tácitamente el tratamiento de sus datos y habiéndose puesto a su disposición el aviso de privacidad, no manifieste su oposición.

  1. Permitir el acceso, rectificación, cancelación y oposición del titular de los datos personales, al constituir una obligación muy importante de los responsables de los datos personales, es decir, permitir que los titulares de los datos ejerzan sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (denominados “Derechos ARCO”).

Estos son en síntesis las tareas, quehaceres, deberes, obligaciones y el marco normativo que rige nuestra actividad como profesionales certificados y autorizados para realizar tareas y gestiones en las materias y rubros de seguros y de fianzas y que nos acreditan como una empresa confiable y de calidad probada.

Atentamente,

GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V.