Código de Ética.
GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V.
Nuestro Código de Ética es la base de la conducta empresarial, que se caracteriza por nuestro actuar con respeto, honestidad e integridad. El código establece los principios fundamentales y las normas que nos guían en nuestro comportamiento ético en relación con nuestros accionistas, clientes, proveedores, autoridades, organizaciones de la sociedad civil, medio ambiente, comunidad y todo aquel con el que interactuamos. También indica los mecanismos para reportar cualquier incumplimiento, comportamiento o práctica que no se apegue a nuestro Código de Ética y políticas corporativas. El código, aprobado por el Consejo de Administración, se aplica a consejeros y colaboradores. Asimismo, solicitamos a nuestros proveedores de bienes y servicios apegarse a los Principios que lo rijen especialmente en materia de derechos laborales, medio ambiente, comunidad, inclusión, respeto, ética y valores.
Para GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., la ética y rigirse bajo los más altos principios morales son el mayor referente de comportamiento y conducta con el que actuamos y brindamos nuestros servicios, siendo directrices con las que funcionan y desarrollan su actividad diaria sus socios fundadores, accionistas, apoderados legales, administradores, personal directivo, gerencial y operativo de nuestra empresa.
Es imprescindible para el debido funcionamiento de nuestra empresa y proyecto el poder cumplir adecuadamente sus fines, objeto social y políticas de servicio. Por lo que actuar con ética profesional, honestidad y rectitud constituyen los elementos necesarios para garantizar y equilibrar los derechos e intereses de terceros que se relacionan e involucran con nuestro diario actuar, es decir, clientes, proveedores, autoridades y la sociedad en general.
La Ética presupone el cumplimiento riguroso, en y por la sociedad civil, de la leyes vigentes y aplicables en el país, así como de los Estatutos Sociales y Reglamentos de funcionamiento interno de nuestra propia empresa.
El Código de Ética de GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., requiere que los socios fundadores se constituyan en garantes del cumplimiento de las obligaciones de la sociedad y que a su vez transmitan esta convicciñón de actuar y servir a los apoderados, administradores, directivos e incluso al personal operativo.
Aun cuando el presente Código nace con la pretensión de ser aplicable de manera general, debe ser entendido también como un marco básico susceptible de ser adaptado a las peculiaridades en que se actúa y vive en sociedad, de manera que contemple la aplicación de los principios de ética y desarrollo sostenible en línea con la actividad específica de lnuestra empresa y con el debido cumplimiento de sus objetivos sociales.
El Código de Ética de la empresa configura a la misma como un instrumento al servicio en la creación de bienestar y riqueza, haciendo compatible su ineludible finalidad de obtención de beneficios con un desarrollo social sostenible y respetuoso con el medio ambiente, procurando que toda su actividad se desarrolle de manera ética y con responsabilidad social.
Buscando un justo equilibrio entre el capital y el trabajo de modo que los trabajadores reciban a través de sus salarios la justa contraprestación por su trabajo y servicios.
Nombrando como administradores y directivos a personas que reúnan las condiciones de preparación y experiencia adecuadas y que realicen un ejercicio profesional, ético y responsable de su gestión.
Definiendo y defendiendo la misión y los valores de la empresa en línea con su Código Ético.
Los Socios, Administradores y Directivos En el ejercicio de sus funciones de administración y gestión, deben:
- A) En relación con sus funciones de Dirección:
– Realizar un ejercicio profesional, ético y responsable de su actividad.
– Cumplir y hacer cumplir el Código Ético de la empresa y para ello darlo a conocer y establecer los mecanismos adecuados para garantizar su aplicación. En particular debe de existir un órgano, idealmente un Comité de Ética, integrado por personas con suficiente poder para aplicar el Código y corregir sus infracciones.
– Informar puntualmente y con exactitud a los propietarios o accionistas de la situación y perspectivas de la empresa.
– Promover la participación efectiva de los accionistas en las Asambleas Generales, de modo especial mediante la facilitación del ejercicio de sus derechos de información y voto.
– Cumplir y hacer cumplir las normas y principios de contabilidad generalmente aceptados y establecer los sistemas internos y externos de control y gestión del riesgo adecuados a las características de la empresa.
– Mantener los libros y registros de la empresa con exactitud y honestidad, de modo que permitan la obtención de información y la toma de decisiones de forma consciente y responsable.
– Facilitar a los auditores, externos e internos, de la empresa toda la información y explicaciones que requieran para la realización de su trabajo.
– Subordinar los intereses propios a los de la empresa cuando actúen en nombre y representación de ésta y no utilizar los activos sociales en su propio beneficio salvo con la debida transparencia, previa la autorización del órgano social pertinente y mediante la contraprestación que sea adecuada en el mercado.
– Comunicar inmediatamente al órgano de administración, cualquier hecho o situación que pudiera suponer o llegar a ocasionar un conflicto entre el interés de la empresa y el particular del administrador o directivo y abstenerse de intervenir en su resolución.
– Facilitar la transparencia y el control de sus retribuciones de modo que se garantice su adecuación a su nivel de responsabilidad y desempeño y a las características de la empresa.
– Mantener la confidencialidad de los antecedentes, datos y documentos a los que tengan acceso por razón de sus funciones en la empresa, incluso después de haber cesado en ellas.
– Hacer frente al pago y cumplimiento de las deudas y obligaciones de la empresa sin dilaciones ni incumplimientos injustificados y proceder al cobro de sus créditos con la diligencia que el caso requiera.
– Elegir a sus colaboradores y subordinados con arreglo a los principios de mérito y capacidad, procurando únicamente el interés de la empresa.
- B) En relación con los proveedores y clientes de la Empresa:
– Relacionarse con los proveedores de bienes y servicios de forma ética y lícita.
– Buscar y seleccionar únicamente proveedores cuyas prácticas empresariales respeten la dignidad humana, no incumplan la ley y no pongan en peligro la reputación de la empresa.
– Seleccionar a los proveedores en base a la idoneidad de sus productos o servicios, así como de su precio, condiciones de entrega y calidad, no aceptando ni ofreciendo regalos o comisiones, en metálico o en especie, que puedan alterar las reglas de la libre competencia en la producción y distribución de bienes y servicios.
– Buscar la excelencia de los bienes y servicios de la empresa de modo que sus clientes y consumidores obtengan la satisfacción esperada de aquellos. – Garantizar los productos y servicios de la empresa y atender de forma rápida y eficaz las reclamaciones de consumidores y usuarios buscando su satisfacción más allá del mero cumplimiento de la normativa vigente.
- C) En relación con los competidores de la Sociedad:
– No abusar de una posición dominante o privilegiada en el mercado.
– Competir lealmente con otras empresas cooperando a la consecución de un libre mercado basado en el respeto mutuo entre competidores, absteniéndose de realizar prácticas desleales.
– En particular, no captar clientes de otros competidores mediante métodos no éticos.
- D) En relación con los empleados de la Sociedad:
– Tratar con dignidad, respeto y justicia a los empleados, teniendo en consideración su diferente sensibilidad cultural.
– No discriminar a los empleados por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, sexo o cualquier otra condición personal o social ajena a sus condiciones de mérito y capacidad.
– No permitir ninguna forma de violencia, acoso o abuso en el trabajo.
– Reconocer los derechos de asociación, sindicación y negociación colectiva.
– Fomentar el desarrollo, formación y promoción profesional de los empleados.
– Vincular la retribución y promoción de los empleados a sus condiciones de mérito y capacidad.
– Establecer y comunicar criterios y reglas claras que mantengan equilibrados los derechos de la empresa y de los empleados en los procesos de contratación y en los de separación de éstos incluso en caso de cambio voluntario de empleador.
– Garantizar la seguridad e higiene en el trabajo, adoptando cuantas medidas sean razonables para maximizar la prevención de riesgos laborales.
– Procurar la conciliación del trabajo en la empresa con la vida personal y familiar de los empleados.
– Procurar la integración laboral de las personas con discapacidad o minusvalías, eliminando todo tipo de barreras en el ámbito de la empresa para su inserción.
– Facilitar la participación de los empleados en los programas de acción social de la empresa.
- E) En relación con la sociedad civil.
– Respetar los derechos humanos y las instituciones democráticas y promoverlos donde sea posible.
– Mantener el principio de neutralidad política, no interfiriendo políticamente en las comunidades donde desarrolle sus actividades, como muestra además de respeto a las diferentes opiniones y sensibilidades de las personas vinculadas a la empresa.
– Relacionarse con las autoridades e instituciones públicas de manera lícita y respetuosa no aceptando ni ofreciendo regalos o comisiones, en metálico o en especie.
– Realizar aportaciones a partidos políticos e instituciones públicas sólo de conformidad con la legislación vigente y, en todo caso, garantizando su transparencia.
– Colaborar con las Administraciones Públicas y con las entidades y organizaciones no gubernamentales dedicadas a mejorar los niveles de atención social de los más desfavorecidos.
Nuestro objetivo permanente es y será:
Establecer los principios fundamentales y las normas que son guía para nuestro comportamiento ético en la relación con nuestros accionistas, clientes, proveedores, autoridades, organizaciones de la sociedad civil, medio ambiente, comunidad y con todo aquel que interactúa con nuestra empresa.
Definir las responsabilidades de los consejeros y colaboradores de la empresa para cumplir y hacer cumplir este Código de Ética que, junto con las demás políticas y lineamientos Internos constituye nuestra política de servicios.
Con base en esas disposiciones y normas de observancia permanente quienes conformamos GRUPO ACTUARIOS ASOCIADOS SEPTIÉN AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A DE C.V., nos comprometemos a actuar y conducir nuestro actuar y actividad profesional con rectitud, honestidad, lealtad y aplicando en todos los casos y sin excepción alguno los principios y valores ético-morales contenidos en este Código de Ética.